Desde el Ayuntamiento de Simancas, queremos facilitaros la información relativa a los servicios esenciales, que son los necesarios para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, y el eficaz funcionamiento de las instituciones del Estado y las Administraciones públicas. El real decreto del 14 de marzo, que decretaba el estado de alarma por el Covid-19 establecía restricciones y determinaba qué actividades podían seguir en marcha:
-Proveedores de servicios esenciales. Las empresas que operan para suministrar productos y servicios a estas actividades esenciales son las únicas que podrán seguir operando del 30 de marzo hasta el 9 de abril. Aquí se incluyen las del sector primario y de alimentación: agricultura, ganadería y pesca, fabricación de ropa de trabajo o de productos farmacéuticos, y las relacionadas con el transporte y distribución de todos los productos básicos como lo son energía a agua o telecomunicaciones.
-Teletrabajo. El teletrabajo está permitido para los trabajadores no salgan de casa y puedan hacer su labor de forma telemática.