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Solicitud bonificación IBI y tasa de agua

Abierto el plazo de presentación de solicitudes para la bonificación del IBI y la tasa de aguas.

Abierto el plazo de presentación de solicitudes para la bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y en la Tasa por Suministro de Agua para titulares de familia numerosas, que cumplan los requisitos establecidos en las ordenanzas fiscales en vigor. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 29 de diciembre de 2022, a las 14.00 horas.

IBI Y TASA ABASTECIMIENTO DE AGUA PARA 2024

REQUISITOS FAMILIA NUMEROSA                       

Unidad familiar empadronada en inmueble durante todo 2023 (últimos seis meses si obra nueva o nueva adquisición).

Haber pagado en plazo el recibo del IBI bonificado en los dos últimos ejercicios

Valor catastral inmueble inferior a 300.000 €

Que el 100% de la titularidad del inmueble pertenezca íntegramente a miembros del título de familia numerosa

REQUISITOS PARA JUBILADOS

Unidades familiares de una o dos personas, que vivan solos y que sean jubilados mayores de 65 años.

Valor catastral del inmueble inferior a 63.654,00 €.

Unidad familiar empadronada en la vivienda objeto de la bonificación en el momento de la solicitud y durante un plazo continuado de, al menos, tres años anteriores a la misma.

Para el caso de que el bien inmueble se haya adquirido recientemente o sea resultado de una obra nueva, el plazo continuado será de, al menos, doce meses contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.

DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A SOLICITUD

Solicitud a nombre del primer titular del IBI

Copia DNI solicitante

Libro de familia o Resolución de reconocimiento de la condición de familia numerosa (EN VIGOR HASTA: COMO MÍNIMO EL 1 DE ENERO DE 2024). (NO PUEDE SER SUSTITUIDA POR LOS CARNETS DE FAMILIA NUMEROSA)

Volante colectivo de empadronamiento

PLAZOS DE PRESENTACIÓN

Del 15 de noviembre al 29 de diciembre de 2023

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